¡Buenas noticias para comenzar este 2024! Tu donación a partir de ahora tiene más ventajas fiscales tras la nueva modificación de la ley de mecenazgo que llevaba vigente desde hace 21 años.
Por ello, hoy queremos informarte de estas nuevas ventajas fiscales de las que podrás favorecerte en tus donaciones tras la aprobación del Real Decreto-Ley del pasado 19 de diciembre, que entra en vigor para las donaciones a partir del día 1 de enero de 2024.
Ventajas fiscales para personas físicas
Concretamente, las donaciones que se realicen a partir de ahora, tendrán un aumento en la base de la donación: se pasa del 80% de los 150 primeros euros al 80% de los 250 primeros euros; y un aumento del porcentaje restante: se pasa del 35 al 40% y del 40 al 45% para las donaciones recurrentes.
Por resumir: las donaciones de 0 a 250 € tendrán ahora una deducción del 80%. Además, sobrepasada esta cantidad, la deducción será del 40% de esta cantidad excedente. Este porcentaje aumentará al 45% para aquellos que llevéis donando tres o más años a Esclerosis Múltiple España y/o el Proyecto M1.
Para ver de forma más concreta estas ventajas fiscales os traemos el siguiente cuadro a modo de ejemplo:
Recuerda que puedes apoyar la labor de Esclerosis Múltiple España, así como la mejor investigación de la Esclerosis Múltiple a través del siguiente enlace:
Ventajas también para personas jurídicas
En el caso de personas jurídicas, se incrementa el porcentaje de deducción, que pasa del 35 al 40 %, para potenciar el incentivo. Además, en estos casos, aumenta también la base deducible; pasando de ser de un 10 a un 15% de la base imponible.
Además, se reduce de cuatro a tres años el número de ejercicios durante los cuales el donante o aportante debe realizar donativos a una misma entidad por importe igual o superior a los del ejercicio inmediato anterior, con el fin de acceder al incremento de 10 puntos en el porcentaje de deducción, que queda incrementado al 50 %.
Te dejamos toda la información de este Real Decreto-ley 6/2023, del 19 de diciembre de 2023, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, que fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 20 de diciembre de 2023.
Hola. Me gustaría saber si esta normativa también es válida para las comunidades autónomas que tienen competencias en materia fiscal, como Navarra, que es donde yo resido. En Navarra hay mecenazgos que tienen carácter prioritario y desgravan el 70%. El pasado año hablé con los responsables de las donaciones de EME sobre este tema. Les pedí que contactasen con la Hacienda Foral a fin de declarar este mecenazgo como prioritario. No lograron una respuesta clara por parte de la administración porque los interlocutores desconocían la cuestión. Yo consigné mi donación como prioritaria en la IRPF y parece que fue aceptada.