Aclaración importante sobre las últimas noticias de conducción y Esclerosis Múltiple

Aclaración importante sobre las últimas noticias de conducción y Esclerosis Múltiple

Ante las últimas noticias aparecidas en medios de comunicación en torno a la conducción y Esclerosis Múltiple, desde Esclerosis Múltiple España hemos consultado a nuestros expertos jurídicos en la materia, quienes nos aclaran que estas informaciones son erróneas. «La DGT prohíbe terminantemente que conduzcas si padeces alguna de estas enfermedades» ❌ o «¿Sufres algunas de estas enfermedades? Mucho cuidado porque la DGT podría multarte❌ son algunos de los titulares que han aparecido en los medios de comunicación y que pueden conducir al error a muchas personas con Esclerosis Múltiple.

A continuación os aclaramos los puntos fundamentales a este respecto:

Reglamento General de Conductores

Según nuestros expertos, de cara a la conducción y Esclerosis Múltiple, hay que atender a lo dispuesto en el Reglamento General de Conductores, en concreto, en su anexo IV, punto 9 (página 64 ), ya que la Esclerosis Múltiple es una enfermedad del Sistema Nervioso Central. En ese punto se especifica lo siguiente:

«Para obtener o prorrogar permiso o licencia de conducción ordinarios (cualquier tipo de permiso de conducir): No deben existir enfermedades del sistema nervioso central que produzcan disminución importante de las funciones cognitivas, motoras, sensitivas, sensoriales o de coordinación, o movimientos anormales de cabeza, tronco o extremidades, que puedan interferir en el adecuado control del vehículo».

«Adaptaciones, restricciones y otras limitaciones en personas, vehículos o de circulación en permiso o licencia sujetos a condiciones restrictivas (sólo referidas a los permisos de conducir AM, A1, A2, A, B, B + E y LCC, pues para el resto de permisos no es posible): Los afectados de enfermedades del sistema nervioso central, que incidan en la conducción en los términos establecidos en el punto anterior, deberán aportar un informe del neurólogo en el que se haga constar: la exploración clínica y sintomatología actual, el pronóstico de la evolución de la enfermedad, y el tratamiento prescrito. A criterio facultativo se podrá obtener o prorrogar el permiso o licencia, cuya vigencia será como máximo de cinco años«.

Fuente:

Reglamento General de Conductores Anexo IV, punto 9
Reglamento General de Conductores Anexo IV, punto 9

Manual de Seguridad Vial

El Manual de Seguridad Vial de la Sociedad Española de Neurología con la Dirección General de Tráfico del año 2021 (páginas 149 y 150)  refuerza este punto en el supuesto de que la Esclerosis Múltiple siga progresando: «será necesario realizar actualizaciones oportunas de dicha valoración cuando se plantee la necesidad de proceder a una renovación del permiso de circulación«.

«Por lo tanto, podemos concluir afirmando que la capacitación por parte del paciente para desarrollar una conducción segura habrá de realizarse en función del informe del especialista en neurología y de la valoración psicotécnica específica que incluya aspectos como la fuerza y el rango de movimiento, la coordinación, la agudeza visual, la percepción de profundidad espacial, la discriminación de los colores, el campo visual, la velocidad de procesamiento de la información, la memoria y el rendimiento visuoespacial y que una vez demostrado que el enfermo posee las aptitudes físicas y cognitivas necesarias para la expedición o renovación del correspondiente permiso será necesario considerar si es necesario la realización algún tipo de adecuación o adaptación mecánica en el propio vehículo«.

Conclusiones: se puede conducir con EM si se cumplen los criterios estipulados

Por tanto, con los datos oficiales en la mano, la información es clara: no está prohibido ni te pueden multar al conducir si tienes Esclerosis Múltiple y has obtenido tu permiso acorde a los criterios y procedimientos estipulados.

Dado que la Esclerosis Múltiple es una enfermedad heterogénea y que no en todos los casos limita la posibilidad de conducir, desde EME hemos solicitado la revisión inmediata de estas noticias y la rectificación y actualización correspondiente para no generar alarma en el colectivo de personas que viven con la enfermedad.  Si encuentras otra información errónea relativa al permiso de conducir y la EM, háznosla llegar a info@esclerosismultiple.com.

Más información en:

Con agradecimiento a Luis Herrero, voluntario de la Asesoría Jurídica de EME.

7 Responses

  1. Agradezco muchísimo ésta información, tengo EM desde 2004, soy conductora y prox. año me toca renovar. Estaba muy preocupada por este motivo, el coche ayuda tanto a salvar grandes distancias. Gracias

  2. Hola,
    Justamente me han eliminado el permiso de conducción y justamente me operaron un par de dias después sin poder darme tuempo a hacer todo cuanto me informaban en dos cartas llegadas el mismo dia.
    Ahora estoy sin poder salir de casa en recuperación de la operación.
    Y solo les he podido enviar una xarta donde les explicaba mi situación y que aún no me han contestado.

  3. «disminución importante de las funciones , motoras, sensitivas, sensoriales o de coordinación, o movimientos anormales de cabeza, tronco o extremidades, que puedan interferir en el adecuado control del vehículo”.
    Es decir si no ocurre eso para el adecuado control del vehículo y apruebas los ejercicios de la renovación del carnet de conducir todo normal, no pasa nada.
    Si tuviera un accidente habría problemas con el seguro?

  4. Tengo EM, y llevo un carnet c+e y mercancías peligrosas y cada vez que voy a pasa la revisión médica loe comentado y me pregunta cómo me encuentro y digo , muy bien y me dice mejor no ponemos nada… En que me puede perjudicar?

  5. Hola,
    Justamente me han eliminado el permiso de conducción y justamente me operaron un par de dias después sin poder darme tuempo a hacer todo cuanto me informaban en dos cartas llegadas el mismo dia.
    Ahora estoy sin poder salir de casa en recuperación de la operación.
    Y solo les he podido enviar una xarta donde les explicaba mi situación y que aún no me han contestado.
    Espero vuestra respuesta

  6. Yo no me saqué el permiso de conducir . Antes del diagnóstico tenía síntomas qme impedían una conducción segura. Ahora voy al trabajo en bus pero por mis problemas de equilibrio , cuando llevo peso al trabajo, tengo que coger un taxi.
    No tenemos derecho a tener un descuento precisamente por la limitación de nuestra enfermedad?

  7. Me gustaria saber en el apartado 9.2 sobre crisis epileptica provocada, ya que me lo han puesto en un informe, siendo conductor profesional si yo puedo seguir ejerciendo mi profesion ya que en el apartado de restricciones, no se admite poene pero no se como interpretarlo

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