Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea tienen derecho a recibir asistencia sanitaria (tratamiento médico, consultas sobre diagnósticos, etc.) en otro Estado miembro de la Unión, tanto de un prestatario (clínica, hospital, etc.) público como privado. Ahora bien, debe tener en cuenta lo siguiente:
- Si tiene derecho a recibir un determinado tratamiento en su país de origen (en nuestro caso, España), también lo tiene a un reembolso si lo recibe en otro país de la Unión Europea, hasta el coste que habría supuesto de haberlo llevado a cabo en su comunidad autónoma. Repárese en que el coste debe ser adelantado por el ciudadano.
- Algunas prestaciones requieren autorización previa del Sistema Nacional de Salud español antes de recibir el tratamiento en el extranjero. Así, en cualquier tipo de atención sanitaria que implique que el paciente tenga que pernoctar en el hospital al menos una noche y en aquellos casos en los que la asistencia que exija el uso de equipos médicos o infraestructuras sumamente especializados o costosos. Para solicitar la autorización, debe cumplimentarse un formulario disponible en las webs de las autoridades sanitarias competentes, comunidades autónomas y mutualidades.
- Existen causas de denegación de la autorización previa, por ejemplo, cuando el tratamiento puede representar un riesgo para el paciente o si en España puede ofrecerse una asistencia sanitaria apropiada en un plazo médicamente justificable.
En este artículo, además de la información anterior, le ofrecemos las siguientes claves:
- Planificación: La primera recomendación es hablar con su médico sobre su plan de tratamiento, ya que le indicará las opciones de tratamiento más adecuadas a su situación. Además, asegúrese de que, una vez en España, seguirá recibiendo el seguimiento médico que necesita (compruebe que la receta que, en su caso, le den, es válida en España).
- Requisitos previos: Infórmese de la necesidad, en el país de destino, de contar con el volante de un médico de familia/general para consultar a un especialista, así como del cumplimiento de otros requisitos previos. Por otro lado, lleve una copia de su historia clínica, información sobre medicamentos que esté tomando y, en su caso, de los resultados de los análisis pertinentes (en el idioma oficial del país o, al menos, en inglés).
- Implicaciones financieras: Cerciórese del coste del tratamiento (y de costes como el transporte o el alojamiento) y si el Sistema Nacional de Salud (o su compañía de seguros) lo cubre total o parcialmente. En tal caso, conserve los justificantes de pago.
Punto de contacto para información más detallada: http://www.mscbs.gob.es/pnc/portada/InfoNCPSpain.htm